Golpe a los dos representantes elegidos por las negritudes
NACIÓN | 2014/09/26 00:00
Golpe a los dos representantes elegidos por las negritudes
El CSJ falló la tutela que impide a María del Socorro Bustamante y Moisés Orozco posesionarse.
El fallo de tutela por fin se dio este viernes. Cuatro de los siete magistrados de la sala disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, respaldaron la ponencia de la magistrada María Mercedes López, quien les dio la razón a los demandantes sobre la tutela que buscó frenar la llegada al Congreso de María del Socorro Bustamante y Moisés Orozco, elegidos para ocupar las dos curules de las negritudes.
En la reñida votación los cuatro magistrados aprobaron los argumentos de la ponencia en el sentido de que Bustamante y Orozco indujeron a error al Consejo Nacional Electoral en lo que tiene que ver con una especie de doble militancia que no los unía con las comunidades negras.
También se expuso el derecho a la igualdad pues “es marcada desigualdad frente a los grupos mayoritarios que sí tienen tal representación y en gran número en esa célula legislativa, cuando sabida es la protección constitucional de garantizar en estos grupos étnicos su representación”, dice el texto.
De igual forma la ponencia hablaba de una presunta falsedad al momento de la obtención de los avales por parte de los representantes elegidos. Tal y como lo reveló este portal el jueves pasado, la decisión de este trascendental tema ha estado rodeada de intrigas y especulaciones en el interior del alto tribunal.
En el resuelve se deja claro que se mantiene la medida cautelar, es decir que no se podrán posesionar los dos representantes hasta que la sesión quinta del Consejo de Estado que estudia una demanda de nulidad electoral, no falle de fondo.
En la reñida votación los cuatro magistrados aprobaron los argumentos de la ponencia en el sentido de que Bustamante y Orozco indujeron a error al Consejo Nacional Electoral en lo que tiene que ver con una especie de doble militancia que no los unía con las comunidades negras.
También se expuso el derecho a la igualdad pues “es marcada desigualdad frente a los grupos mayoritarios que sí tienen tal representación y en gran número en esa célula legislativa, cuando sabida es la protección constitucional de garantizar en estos grupos étnicos su representación”, dice el texto.
De igual forma la ponencia hablaba de una presunta falsedad al momento de la obtención de los avales por parte de los representantes elegidos. Tal y como lo reveló este portal el jueves pasado, la decisión de este trascendental tema ha estado rodeada de intrigas y especulaciones en el interior del alto tribunal.
En el resuelve se deja claro que se mantiene la medida cautelar, es decir que no se podrán posesionar los dos representantes hasta que la sesión quinta del Consejo de Estado que estudia una demanda de nulidad electoral, no falle de fondo.
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